Movilidad Edomex: Nuevas Tarifas de Transporte Público Entran en Vigor el 15 de Octubre de 2025

Movilidad Edomex: Nuevas Tarifas de Transporte Público Entran en Vigor el 15 de Octubre de 2025

Estado de México - 11 de octubre de 2025

Toluca, Estado de México, (Agencia NVM/Redaccion).-  La Secretaría de Movilidad del Estado de México ha anunciado la modificación de las tarifas para la prestación del servicio público de transporte en las modalidades de colectivo y mixto, según un Acuerdo publicado el viernes 10 de octubre de 2025 en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno". El Maestro Daniel Andrés Sibaja González, Secretario de Movilidad, firmó el documento, que entrará en vigor el quince de octubre de 2025.

Nuevas Tarifas y Estructura de Costos

Las nuevas tarifas máximas quedaron establecidas de la siguiente manera:

Colectivo (Todos los municipios del Estado de México):

$14.00 M.N. por los primeros cinco kilómetros.

$0.25 M.N. por cada kilómetro adicional excedente de la tarifa inicial.

Mixto (Municipios específicos, principalmente rurales):

$11.00 M.N. por los primeros diez kilómetros.

$0.25 M.N. por cada kilómetro adicional excedente de la tarifa inicial.

La justificación de este ajuste es garantizar la modernización y viabilidad de la prestación del servicio, asegurando condiciones de seguridad, eficiencia, calidad y sustentabilidad. Este cambio surge tras el registro de incrementos significativos en variables macroeconómicas desde el año 2020 que impactan la estructura de costos del sector transporte, lo que hace necesario un ajuste para mantener la rentabilidad del servicio.

El Acuerdo establece que para facilitar el cobro con moneda fraccionaria, se aplicará un redondeo al múltiplo más cercano a los $0.50 centavos.

Beneficios y Excepciones

El aumento de tarifas contempla algunas excepciones y beneficios:

Adultos Mayores: El incremento no aplicará a personas adultas mayores que presenten su credencial INAPAM, manteniéndose su tarifa en $12.00 pesos.

Niños: Los niños menores de 5 años estarán exentos del pago de la tarifa y podrán ocupar un asiento.

Además, el Acuerdo prevé que se podrán cobrar tarifas diferenciadas en caso de que el servicio de transporte colectivo de mediana y baja capacidad se realice a través de Corredores de Mediana Capacidad, implicando mejoras como rutas directas, pagos de peajes, accesos a CETRAM o asientos preferentes, previa autorización.

Compromisos y Reestructuración Obligatoria para Concesionarios

El ajuste tarifario viene acompañado de una serie de compromisos obligatorios para los concesionarios, alineados con una reestructuración integral del transporte público. Entre las obligaciones se encuentran:

El incumpimiento de estas obligaciones y las relacionadas con la reestructura integral —incluyendo la exhibición y posible canje de concesión individual a concesión única — dará lugar a la revocación de la concesión.

Proceso de Publicación y la "Pirámide Tarifaria"

Para que el público usuario esté informado, los concesionarios deberán exhibir la "Pirámide Tarifaria" autorizada y vigente en cada vehículo. Esta pirámide es una tabla que describe la tarifa por parada, de acuerdo con los kilómetros recorridos entre el origen y destino.

Para obtener la pirámide tarifaria, los concesionarios deben presentar una solicitud ante la Dirección General de Movilidad de Zona correspondiente, adjuntando documentos como:

La Comisión Revisora de Tarifas, integrada por diversas secretarías y sectores , aprobó el "ESTUDIO TÉCNICO Y FINANCIERO" que sustentó la modificación en su Primera Sesión Extraordinaria el 6 de octubre de 2025.

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